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VERI*FACTU

¿Qué es VERI*FACTU y a quién afecta?

Nicasio Martínez Alba · 10 de julio de 2026 · 5 min de lectura

Si eres autónomo, tienes una pyme o llevas la contabilidad de varios clientes desde una gestoría, habrás oído hablar de VERI*FACTU en los últimos meses. Es un requisito legal, y cambia la forma en que se generan las facturas en España.

Qué es VERI*FACTU

VERI*FACTU es el nombre con el que se conoce al conjunto de requisitos técnicos que tienen que cumplir los programas de facturación. Lo regula el Real Decreto 1007/2023 y lo desarrolla la Orden HAC/1177/2024. No trae un formato nuevo de factura electrónica. Lo que hace es obligar a que el software genere registros trazables, encadenados entre sí y que no se puedan alterar sin que quede constancia.

El nombre viene de «verificable». Cuando el proveedor trabaja en la modalidad de envío inmediato a la Agencia Tributaria, las facturas llevan un código QR y la leyenda «VERI*FACTU», y cada una se comunica a Hacienda en el momento en que se crea.

Las dos modalidades

El reglamento permite trabajar de dos maneras:

  • Modalidad VERI*FACTU: el programa envía cada registro de facturación a la AEAT de forma automática en cuanto se emite la factura. La factura lleva el sello «VERI*FACTU» y un QR que el receptor puede comprobar.
  • Modalidad no VERI*FACTU: los datos no se mandan en el momento, pero el sistema tiene que generar igualmente registros firmados, encadenados e inalterables, para entregarlos si Hacienda los pide en una inspección.

La mayoría de proveedores de software ofrecen la modalidad VERI*FACTU, porque simplifica la relación con Hacienda: no tienes que conservar ni justificar nada aparte, todo queda registrado al emitir.

Por qué existe este sistema

La norma persigue el llamado «software de doble uso»: programas que permiten borrar, cambiar u ocultar facturas ya emitidas para declarar menos ingresos. Durante años ha sido un fraude difícil de detectar, porque no dejaba rastro.

Con VERI*FACTU cada factura queda enlazada a la anterior mediante una huella (hash). Si alguien borra o modifica un registro después de emitirlo, la cadena se rompe y se nota. Hacienda ya no depende solo de lo que declara el contribuyente: puede comprobar que el proceso que generó esa declaración está íntegro.

Qué tiene que hacer el programa de facturación

La norma no le exige nada técnico al autónomo o a la empresa que factura. Se lo exige al programa que usan. Un software conforme a VERI*FACTU tiene que, entre otras cosas:

  • Generar un registro de facturación por cada factura emitida, con una huella que lo vincule al registro anterior.
  • Impedir que se borren o modifiquen facturas ya emitidas sin dejar rastro.
  • Incluir el código QR en todas las facturas y, en la modalidad VERI*FACTU, también la leyenda.
  • Enviar los registros a la sede electrónica de la AEAT de forma automática, si el usuario trabaja en esa modalidad.
  • Tener una declaración responsable del fabricante que certifique que cumple el reglamento.

La responsabilidad técnica es de quien desarrolla el programa. La tuya, como usuario, es facturar con un sistema que cumpla.

A quién afecta VERI*FACTU

Afecta, en mayor o menor medida, a casi todo el que factura en España.

Autónomos y pymes

Son el grupo más numeroso y, en general, entran en una fase posterior del calendario. Si facturas con una hoja de cálculo, una plantilla de Word o un programa viejo que ya no se actualiza, toca pensar en pasarte a un sistema adaptado.

Empresas más grandes

Según el calendario oficial de la AEAT, las sociedades que tributan por el Impuesto sobre Sociedades en determinados regímenes han sido las primeras obligadas a adaptar sus sistemas, por su volumen de facturación y porque tienen más medios para hacer el cambio.

Gestorías y asesorías

Normalmente no emiten las facturas de sus clientes, pero necesitan conocer bien el sistema para asesorar, comprobar que el programa de cada cliente cumple y organizar el cambio sin sustos de última hora.

Quiénes quedan al margen

No hay que confundir VERI*FACTU con otras obligaciones parecidas:

  • Las empresas que ya llevan los libros del IVA por el Suministro Inmediato de Información (SII) quedan fuera de VERI*FACTU, porque ya envían sus facturas a Hacienda por esa vía.
  • La factura electrónica obligatoria entre empresas, que viene de la Ley Crea y Crece, es otra obligación distinta. Se refiere al formato y a cómo circulan las facturas entre empresas, y tiene su propio calendario.

Las dos conviven con VERI*FACTU, pero funcionan con reglas y plazos diferentes. Es fácil liarse, así que si no tienes claro qué te aplica, consúltalo con calma.

Calendario de aplicación

VERI*FACTU se aplica por fases. Tras el último aplazamiento, del Real Decreto-ley 15/2025, es obligatorio desde el 1 de enero de 2027 para quienes tributan por el Impuesto sobre Sociedades y desde el 1 de julio de 2027 para los autónomos y el resto de empresas. El calendario ya se ha movido varias veces, así que confírmalo en la web de la AEAT antes de planificar.

No esperes a la fecha exacta que te toque. Cambiar de programa, pasar los datos y acostumbrarte a otra forma de trabajar lleva tiempo, y con margen se cometen menos errores.

FactuHub ya está adaptado a los requisitos técnicos de VERI*FACTU. Los hashes, la cadena de registros y el envío a la AEAT los gestionamos nosotros. Si quieres ver cómo funciona o consultar nuestra declaración responsable, la tienes en la sección correspondiente de nuestra web.

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